CODIGO DE HAMMURABI

PARTE DEL CÓDIGO:
(...) entonces Anum y Enlil me señalaron a mí, Hammurabi, príncipe piadoso, temeroso de mi dios, para proclamar el derecho en el País, para destruir al malvado y al perverso, para impedir que el fuerte oprimiera al débil, para que iluminara el País (y) para asegurar el bienestar de las gentes. (...)
Por consiguiente (he decretado):
3.- Si uno en un proceso ha dado testimonio de cargo y no ha probado la palabra que dijo, si este proceso es por un crimen que podría acarrear la muerte, este hombre es pasible de muerte.
6.- Si uno robó el tesoro del dios o del palacio, recibirá la muerte y el que hubiere recibido de su mano el objeto robado, recibirá la muerte.
8.- Si uno robó un buey, un carnero, un asno, un cerdo o una barca al dios o al palacio, si es la propiedad de un dios o de un palacio, devolverá hasta 30 veces, si es de un muskenun (trabajador del palacio), devolverá hasta 10 veces. Si no puede cumplir, es pasible de muerte.
15.- Si uno sacó un esclavo o esclava del palacio será muerto.
26.- Si un oficial o soldado que recibió orden de marchar en una expedición oficial, no marchó, este oficial o soldado recibirá la muerte y su reemplazante tomará su casa.
53.- Si uno, negligente en reforzar su dique, no ha fortificado el dique y se produce una brecha en él, y la zona se ha inundado de agua, ese restituirá el trigo que ha destruido.
54.- Si no puede restituir el trigo, se venderán su persona y su patrimonio por dinero y las personas de la zona a las que el agua llevó el trigo, se lo repartirán.
55.- Si uno abrió zanja para regar, y luego ha sido negligente, si el campo limítrofe se inundó de agua y se llevó el trigo del vecino, le restituirá tanto trigo como poseía el vecino.
104.- Si un negociante dio para vender a un delegado trigo, lana, aceite y cualquier bien mueble que sea, el delegado inscribirá el dinero recibido y dará el reconocimiento al negociante; el delegado recibirá una constancia del dinero que dé al negociante.
117.- Si el deudor ha dado a su esposa, su hijo y su hija, estos trabajarán durante 3 años para la casa de su del acreedor; al cuarto año esta casa los pondrá en libertad.
129.- Si una casada es sorprendida yaciendo con otro hombre, se los atará y se los arrojará al agua.
195.- Si un hijo golpeó al padre, se le cortarán las manos.
196.- Si un hombre libre vació el ojo de hombre libre, se vaciará su ojo.
198.- Si un hombre libre vació el ojo de un muskenun, pagará una mina de plata.
199.- Si vació el ojo de un esclavo de hombre libre pagará la mitad de su precio.
229.- Si un arquitecto hizo una casa para otro, y no la hizo sólida, y si la casa que hizo se derrumbó y ha hecho morir al propietario de la casa, el arquitecto será muerto.
230.- Si ella hizo morir el hijo del propietario de la casa, se matará al hijo del arquitecto.
231.- Si hizo morir al esclavo del dueño de la casa, dará al propietario de la casa esclavo como esclavo (un 
esclavo equivalente).

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